Contratación de Personal

Contratar personal en Chile puede llegar a ser engorroso cuando se desconocen las prácticas habituales. Lo más recomendable es formar una entidad en Chile para actuar como el empleador. Si esto no es posible, podemos proponer algunas soluciones alternativas.

Si usted ha decidido contratar personal en Chile, lo primero que debe tener en cuenta es que el sistema previsional y tributario del país pone toda la responsabilidad de cálculo y pago en manos del empleador. Por lo mismo, su candidato al cargo probablemente ni siquiera esté familiarizado con los aspectos tributarios y previsionales de su contratación, dejándolo todo en sus manos.

Como resultado de lo anterior, los sueldos en Chile típicamente se negocian en términos netos (después de impuestos y previsión), siendo responsabilidad del empleador efectuar los cálculos respecto al impuesto de segunda categoría, cotizaciones de seguridad social, y seguros de desempleo y salud.

Digamos que su candidato al cargo desea ganar CLP 1.000.000 de pesos mensuales netos de remuneración. Tendremos entonces que considerar lo siguiente:

  • Cotización de un 7% para salud.
  • Cotización de un 10% para pensión, más la comisión de la administradora (por ej. un adicional de 1,45%).
  • Contribución del trabajador al seguro de desempleo de 0,6% (en caso de que sea un contrato indefinido).
  • Impuesto de segunda categoría, con rango entre 0% a 40%. Siguiendo este ejemplo, un ingreso imponible hasta CLP 2.000.000 de pesos, deja a su candidato en el rango impositivo marginal del 4%.
  • Gratificación legal pagada en base a las utilidades de la compañía, donde las empresas usualmente optan por la opción a todo evento con tope.

Lo anterior puede parecer engorroso, las deducciones se establecen sobre el ingreso con un tope aproximado de CLP 3.457.834 de pesos (87,8 UF) para cotizaciones de salud y pensiones, mientras que para seguro de desempleo la base de cálculo topa en CLP 5.194.627 (131,9 UF), aproximadamente también.

Además, usted como empleador deberá asumir “aportes patronales” que son de cargo del empleador que en total aumentan en otro 6,21%. Y estos conceptos son:

  • Seguro de Desempleo la cotización del empleador 2,4% (que sube a 3,0% en el caso de un contrato de plazo fijo).
  • Seguro de Invalidez y Sobrevivencia 1,88% (este porcentaje varia cada cierto tiempo).
  • Seguro de Accidente Laboral 0,93% (el porcentaje puede ser más alto si la actividad económica de la empresa es riesgosa).
  • Cotización Individual 0,1%, es el aporte del empleador a la pensión del trabajador.
  • Cotización de seguridad social 0,9%.

Entonces ¿en qué queda todo esto? Para pagar la remuneración de CLP 1.000.000 de pesos solicitada por su candidato, usted finalmente asumirá un costo de CLP 1.316.050. Pero no se preocupe, nosotros le ayudaremos con esto.

Además de lo anterior, si su candidato resulta ser un ejecutivo de alto rango, es probable que ella o él desee un vehículo o un lugar donde vivir. Esto es posible ya que dicho tipo de beneficios son considerados parte de la remuneración imponible del trabajador.

Normalmente la mayoría de los empleados esperan un pequeño monto para almuerzos y transporte (o teletrabajo), asignaciones que están libre de impuestos, en la medida que sean razonable (un almuerzo en el Ritz no cuenta).

Sumado a todo lo anterior, y como usted puede estar al tanto, en Chile somos fanáticos de las vacaciones y los fines de semana largos. Por esa razón sus esforzados colaboradores esperarán recibir un aguinaldo dos veces al año, al menos: uno por el feriado nacional del 18 de septiembre, y otro por navidad y año nuevo. No se tratan de altos montos, pero suficiente para encender una parrilla y celebrar con amigos y familia.

Finalmente, vale la pena tener en cuenta que la semana de trabajo en Chile está siendo reducida de 44 a 40 horas, a menos que el colaborador acepte trabajar sin sujetarse a esa limitación, caso común entre los profesionales.

Ahora, hablemos del lado amargo… el término de la relación laboral.

El despido es un difícil proceso, no solo en términos emocionales, sino también varias consecuencias legales a considerar:

  • Como regla general, se puede despedir un trabajador en cualquier momento basado en las necesidades de la empresa (por ej. reestructuración). Esta causal exige compensar al ex-trabajador por el tiempo en que prestó sus servicios.
  • La ley chilena reconoce otras causales de despido sin la obligación de indemnizar al trabajador. Se trata de razones graves y estrictas, como el robo, que traen consigo la obligación de probar los hechos.
  • Si el trabajador tiene derecho a indemnización, él o ella tendrá derecho a un mes de salario bruto (con un tope de CLP 3.544.476 (90 UF), aproximadamente) por cada año (hasta 11 años) o fracción mayor a 6 meses, que haya prestado sus servicios.
  • Además, el trabajador tiene derecho al aviso previo de 1 mes. Este aviso puede reemplazarse por el pago de 1 mes de remuneración bruta, con el mismo tope señalado.
  • Finalmente, debe cancelarse el pago correspondiente a las vacaciones pendientes, sin tope.

En caso de que su colaborador renuncie, entonces un buen apretón de manos y el pago de vacaciones acumuladas pendientes será suficiente.